Planes de pensiones simplificados: El futuro de la previsión social en las PYMES.

LEGÁLITAS IMPULSA  

El debate sobre las reformas de las pensiones se ha acelerado y, aunque todavía es un anteproyecto de ley, es importante comprender cómo podría afectar a las Pymes. 

En los últimos meses, casi a diario, nos encontramos con noticias sobre reformas en el sistema público de pensiones. Aunque el debate sobre el sistema público de pensiones lleva años encima de la mesa, se ha acelerado debido a que es un requisito del plan de recuperación, transformación y resiliencia que España ha presentado a Bruselas para optar a los fondos europeos.

Uno de los objetivos de esta reforma es el impulso de los sistemas complementarios de pensiones. En este contexto, e el pasado 23 de noviembre el consejo de ministros aprobó el anteproyecto de ley reguladora de los planes de pensiones de empleo con el objetivo de impulsar la previsión social complementaria basándose en dos medidas, los fondos de pensiones de empleo de promoción pública y de planes de pensiones de empleo simplificados. La aprobación definitiva de esta reforma se estima para mediados de 2022 ya que debe volver a ser aprobado por el Consejo de Ministros y después pasar su tramitación como proyecto de ley en las Cortes.

Si bien el anteproyecto de ley no impone el desarrollo de los planes de pensiones de empleo, lo que augura es que en las próximas negociaciones de convenios colectivos los planes de pensiones sean un elemento más de la negociación. Esto puede derivar en que la obligatoriedad de crear planes de pensiones de empleo por convenio pase de ser la excepción a algo habitual.

El desarrollo de planes de pensiones de empleo o sistemas de previsión en las empresas en España está muy poco desarrollado, y sobre todo se centra en grandes empresas o filiales de empresas multinacionales. En las pequeñas y medianas empresas el desarrollo de estas medidas es prácticamente nulo.

Con el objeto de facilitar la implementación de planes de pensiones en pequeñas y medianas empresas, así como para los autónomos nacen los planes de pensiones simplificados.

¿Qué características tienen los planes de pensiones simplificados?

Las principales características son: la adscripción obligatoria a fondos de pensiones públicos de empleo; unas especificaciones comunes para todas las empresas integradas, con un anexo para cada una de ellas; y un proyecto inicial del plan de pensiones simplificado, que deberá establecerse mediante acuerdo colectivo estatutario de ámbito supraempresarial para las empresas incluidas.

Los planes de pensiones simplificados puedes ser promovidos por empresas incluidas en los acuerdos sectoriales vinculados a la negociación colectiva, administraciones públicas y sociedades mercantiles públicas, asociaciones de trabajadores autónomos, colegios profesionales y mutualidades vinculadas a éstos.

¿Qué cambios suponen estos planes simplificados con respecto a los planes de pensiones actuales?

Principalmente hay dos novedades con respecto a la legislación actual. Por un lado, se establece la obligatoriedad de adscripción a fondos de pensiones públicos de empleo. Hasta ahora todos los planes de empleo se adscriben a fondos de pensiones privados. Los fondos de pensiones públicos de empleo se desarrollan en esta misma normativa y, según lo establecido en el anteproyecto, serán fondos gestionados por entidades privadas, pero con un control público que determinará, entre otras cosas, la política de inversión de los fondos y los gastos aplicables a los mismos.

Por otro lado, actualmente se pueden crear planes de pensiones de empleo de promoción conjunta a los que se adhieren diferentes entidades, pero este tipo de planes suele responder a empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial. Con los planes de pensiones simplificados lo que se busca es la adhesión de empresas que no tienen relación entre sí, salvo estar adscritos a un mismo acuerdo colectivo.

Aunque se trata de un anteproyecto de ley que puede sufrir modificaciones, parece claro que el futuro de la previsión social complementaria pasa por implicar a las pequeñas y medianas empresas, probablemente mediante la obligatoriedad en acuerdos colectivos sectoriales.



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