¿Qué implica la nueva normativa del IVA en ecommerce?

LEGÁLITAS IMPULSA  

A poco más de un mes del Black Friday son muchos ecommerce que lo esperan con impaciencia. Este hito promocional unido a su crecimiento durante el 2020 hace que sea importante conocer los cambios que les afecta como la nueva normativa del IVA para ecommerce

Durante 2020 las ventas a través de comercio electrónico en España experimentaron un crecimiento del 36%. Sin duda se trata de una cifra muy positiva en la que, sin embargo, tuvo mucho que ver la situación de pandemia de COVID-19 que sufrió tanto en España como en el resto del mundo.

Sumados a esta situación, los hitos promocionales que se celebran cada año en el negocio online tienen cada vez más peso: Black Friday, Cyber Monday, Yellow Day… Todo ello ha provocado que España se convierta en el tercer país con mayor crecimiento en el sector durante el último año.

Por estas razones, el ecommerce adquiere cada vez más relevancia en la economía del país y cualquier cambio que afecte al sector es importante conocerlo. Es el caso de la nueva normativa del IVA en ecommerce, una regulación de la Unión Europea que es aplicable para la venta de bienes a distancia. Dicha normativa entró en vigor el 1 de julio de 2021 tras sufrir una demora por la pandemia.

Objetivos de la regulación del IVA para ecommerce

Como ocurre con cualquier tipo de regulación, existen una serie de objetivos principales claros y otros secundarios que forman parte de las estrategias de la UE. Sobre los primeros podemos apuntar los siguientes:

  • Simplificar el régimen fiscal de ventas a distancia en Europa y unificar los umbrales límites por los que se tributa el IVA en destino.
  • Facilitar y agilizar procedimientos y reducir la carga administrativa de empresas y plataformas online.
  • Equilibrar la competencia con los envíos desde países situados fuera de la Unión Europea y reducir la brecha entre el IVA previsto y el recaudado en los estados miembros.
  • Conseguir transparencia en el precio de las diferentes actividades de comercio electrónico.

Novedades de la normativa del IVA en ecommerce

En cuanto a las novedades que se aplican con la nueva normativa del IVA en ecommerce, cabe señalar las siguientes:

Eliminación de los umbrales en las ventas a distancia

De esta manera, el proveedor de venta de bienes a distancia repercute el IVA en destino sin tener en cuenta los umbrales de cada estado miembro salvo que se den estas dos condiciones:

  • El importe total de los servicios prestados online o la venta de bienes a distancia al consumidor final debe ser inferior a 10.000 € tanto en el presente ejercicio como en el anterior.
  • El proveedor está establecido en un solo territorio de la Unión Europea.

Expansión del régimen de ventanilla única One-Stop Shop

Esto servirá para simplificar los registros de IVA. Concretamente afecta a empresarios y plataformas online establecidos en la Unión Europea donde su país de identificación será el de su sede social, o donde estén establecidos si su sede social está fuera de la Unión, y a empresarios no establecidos cuyo país de identificación será aquel de su elección.

Esta novedad permite por tanto, que una sociedad:

  • Haga un registro único.
  • Presente una única declaración e ingreso en el país de registro, quedando reflejadas las ventas intracomunitarias de bienes a distancia, las prestaciones de servicios a consumidores de la Unión Europea y las entregas interiores que provengan de proveedores que no pertenezcan a la Unión Europea.

Asimismo, habrá de tenerse en cuenta la posibilidad de deducir el IVA soportado.

Por otro lado, en el caso de que los contribuyentes quieran seguir aplicando el sistema de registro individualizado en cada uno de los estados en los que realizan las ventas, pueden hacerlo, aunque es una norma que se aplicaría a todos los estados miembros en los que estén radicados los consumidores.

Ventas a distancia de bienes importados

La nueva regulación también afecta en las ventas a distancia que provienen de un territorio tercero. Con la nueva normativa se deben tributar todas las importaciones de bienes independientemente de su importe. Por tanto, se elimina la exención de IVA de aquellas que son de bajo valor; una normativa del pasado que se aplicaba a mercancías importadas a la Unión Europea con un valor inferior a 22 €. 

Por otro lado, lo que sí permanece es la exención del pago de derechos de aduanas en aquellos bienes cuyo envío no supere los 150 € salvo casos excepcionales.

Por supuesto, estas obligaciones requieren un conocimiento exhaustivo de la nueva normativa, para lo que se recomienda contar con una gestoría online que acompañe en el proceso de asesoramiento y aplicación.

 

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