¿Qué es el registro retributivo obligatorio?

LEGÁLITAS IMPULSA  

El 14 de abril de 2021 entró en vigor el Real Decreto 902/202, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre hombres y mujeres. Pero, ¿en qué consiste exactamente el registro retributivo obligatorio? Desde KPMG Impulsa te explicamos todo lo referido a este documento (qué es, cómo se realiza, quiénes están obligados a cumplirlo…). 

Definición de registro retributivo

El registro salarial se trata de un documento que afecta a la totalidad de las empresas y que recopila, de manera detallada, la información media salarial de los trabajadores de una empresa separando las retribuciones correspondientes a hombres y mujeres. Su objetivo es garantizar transparencia y saber si existe desigualdad entre hombres y mujeres en el salario e informar de ello. Además, se incluye la información de los salarios de los altos cargos y del personal directivo. Con ello, se pretende medir y sancionar a las empresas que cuenten con desigualdades salariales por razón de género. 

La modificación del artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores incluye el registro salarial como una obligación para las empresas. 

¿Qué empresas están obligadas?

El artículo 5 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre hombres y mujeres, señala que todas las empresas deben contar con el registro salarial de toda su plantilla. 

“De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, todas las empresas deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos. Este registro tiene por objeto garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, de manera fiel y actualizada, y un adecuado acceso a la información retributiva de las empresas, al margen de su tamaño, mediante la elaboración documentada de los datos promediados y desglosados”.

Los empleados de una empresa tienen derecho a saber cuál es el contenido del registro salarial. Y lo pueden conocer mediante los correspondientes representantes legales de los trabajadores. En caso de que no hubiera representación legal, se facilita la información referida a las diferencias porcentuales entre hombres y mujeres.

Auditoría retributiva y transparencia retributiva

Si tu empresa tiene la obligación de realizar un plan de igualdad, tiene que incluir una auditoría retributiva en conformidad con el artículo 46.2.e de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. Esta sirve para saber si se cumple el principio de igualdad en materia salarial.

Respecto al principio de transparencia retributiva, este se encuentra regulado en el artículo 3 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre. Su finalidad es la identificación de cualquier discriminación directa e indirecta en relación a las valoraciones d elos puestos de trabajo donde se realiza una función de igual valor, pero se perciba un salario inferior sin ninguna justificación. Si se incumple la normativa puede haber sanciones económicas.

¿Cómo hacer el registro retributivo? 

Se siguen varios pasos.

Recopilación de información

Para hacerlo de manera correcta, tienes que incluir los siguientes datos separados por género sobre la información salarial:

- Salario base anual.

- Complementos salariales.

- Percepciones salariales.

- Retribución en especie.

- Percepciones extrasalariales.  

Creación de una base de datos

Se desglosa y ordena la información en función del género y de las siguientes categorías: 

- Grupos profesionales: clasificación según titulación y características del puesto de trabajo.

- Categorías profesionales: aptitudes del empleado.

- Puesto de trabajo.  

Cálculo de la media

Cuando se ha recopilado toda la información, se calcula la media aritmética y la mediana de los salarios utilizando las categorías mencionadas anteriormente.

Análisis de datos 

Se hace un análisis para comprobar si existe desigualdad de género. En caso de que sea superior al 25% en empresas con más de 50 trabajadores, hay que incluir una justificación. Si no hay justificación, hay que tomar medidas para eliminar la desigualdad.

Sanciones en caso de no llevar el registro retributivo obligatorio 

Si no llevas el registro retributivo o lo falseas, puedes ser sancionado como indica el artículo 10 del Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre.

Las sanciones dependen del tamaño de la empresa y del nivel de desigualdad salarial entre hombres y mujeres. Las sanciones se clasifican en tres tipos:

- Sanciones leves: de 60€ a 625€.

- Sanciones graves: de 626€ a 6.250€.

- Sanciones muy graves: de 6.251€ a 187.515€.  

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