Fondos NextGenerationEU: Ayudas de Autoconsumo y Almacenamiento Energético

LEGÁLITAS IMPULSA  

Entre los años 2021 y 2023, España recibirá 140 mil millones de euros de ayudas, procedentes del Plan de Recuperación para Europa “Next Generation EU”, cuyo fin será mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.

Este Plan tiene entre sus objetivos que España apueste por la descarbonización, invirtiendo en infraestructuras verdes, de manera que se transite desde las energías fósiles hasta un sistema energético limpio, siendo la transición ecológica uno de sus cuatro ejes transversales.

Como consecuencia de ello, hace unos meses se publicaron en España las ayudas de Autoconsumo y Almacenamiento Energético, cuyo objetivo es impulsar la descarbonización medioambiental a partir del autoconsumo energético y el uso de energías renovables como la fotovoltaica, la eólica y la solar térmica. En total, se anunciaron 660 millones de euros, que se podrán ampliar hasta 1.320 millones si las Comunidades Autónomas llegasen a agotar el presupuesto destinado.

Aunque el plazo de presentación estará abierto hasta el 31 de diciembre de 2023, hay que tener en cuenta que las subvenciones se van a otorgar en el orden de presentación hasta que se agoten, por lo tanto, cuanto antes se presenten, más posibilidades hay de que se obtengan.

¿Qué ahorro podría generar esta ayuda?

En el caso de la fotovoltaica, para instalaciones de placas fotovoltaicas de tipo residencial, la subvención podrá ahorrarnos hasta el 45% del presupuesto total del proyecto, incluyendo la instalación, los materiales e incluso el acondicionamiento de los tejados de los edificios, o la retirada de instalaciones anteriores o cubiertas de amianto. Para instalaciones realizadas por empresas, habrá que verificar dos aspectos: el tamaño de la instalación y el tamaño de la empresa, aplicándose una subvención de entre el 15% y el 45% del total del proyecto.

Si la energía escogida es la eólica, la subvención oscilará entre el 20% para instalaciones más grandes y el 50% en los sistemas más pequeños para pymes y particulares. En cambio, en climatización con renovables, la ayuda dependerá de la tecnología empleada –biomasa, geotermia, aerotermia, …– y oscilará entre el 40% y el 70%. 

En las instalaciones de almacenamiento mediante baterías, las ayudas para las empresas variarán entre el 45% y el 65%, dependiendo del tamaño de la compañía, mientras que los particulares podrán beneficiarse de un 70%.

No obstante, el ahorro no proviene únicamente de este porcentaje subvencionable, si no que -en función de la Comunidad Autónoma en la que se realice el proyecto- podremos aprovechar bonificaciones del IBI y del ICIO, deducciones del IRPF y otras ayudas autonómicas y estatalesotras ayudas autonómicas y estatales

Además, en el caso de sistemas de autoconsumo conectados a la red, la compensación de excedentes también suma a la rentabilidad del autoconsumo ya que este vertido de excedentes podría suponer un 10-15% del total del ahorro.

Por último, es importante subrayar que, en el caso de que el beneficiario se encuentre en un municipio de menos de 5.000 habitantes, las intensidades anteriormente descritas se incrementarán en un 5% adicional.

¿Y cómo se puede solicitar la subvención?

Desde KPMG, ofrecemos el servicio de gestión, tramitación y justificación de este tipo de ayudas directas, que habrá que solicitar desde la sede electrónica de cada Comunidad Autónoma. Para ello, habrá que recopilar una serie de documentación e información técnica y económica que nos proporcionará el técnico instalador y habrá que solicitarla antes de comenzar con la instalación.

Por otro lado, las subvenciones sobre impuestos del estado (IBI o ICIO) deberán solicitarse en el ayuntamiento correspondiente a nuestro municipio, y podrán tramitarse vía online o presencial. El porcentaje de estas subvenciones será de entre un 30% y 50% para el IBI durante 3 o 5 años y entre un 30% y un 90% sobre el ICIO para la mayoría de las situaciones, aunque cada ayuntamiento elige si otorga ambas subvenciones, una o ninguna.



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